Guía sobre el fin de las mascarillas en España: ¿Puedo ir en el ascensor sin ella? ¿Y en el supermercado?

Mercado Central Valencia retoma normalidad sin uso obligatorio de mascarilla
Mercado Central Valencia retoma normalidad sin uso obligatorio de mascarilla
Europa Press
Mercado Central Valencia retoma normalidad sin uso obligatorio de mascarilla

"Las mascarillas dejarán de ser obligatorias en interiores, salvo en algunos supuestos en los que nos parecen absolutamente imprescindibles". Así anunciaba la nueva medida de flexibilización en el control de la pandemia la ministra de Sanidad, Carolina Darias

Desde este mismo miércoles 20 de abril, el uso de mascarillas en espacios cerrados deja de ser obligatorio, salvo en tres supuestos, tras la publicación del Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Concretamente, las personas de seis años en adelante seguirán teniendo que llevar de forma obligatoria la mascarilla en centros y establecimientos sanitarios (como hospitales o centros de salud), en centros sociosanitarios (como residencias, farmacias, clínicas dentales o fisioterapeutas) y en medios de transporte públicos de viajeros (como tren, autobús, metro, avión o barco).

Una obligación que no será exigible, especifica el decreto, en el caso de las personas que tengan algún tipo de enfermedad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla. También aquellas que por "su situación de discapacidad o dependencia no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla" o en el caso de que "por la propia naturaleza de las actividades, su uso resulte incompatible".

¿Es obligatoria llevarla en supermercados?

Según la normativa publicada en el BOE, el uso de mascarillas en entornos laborales queda bajo responsabilidad de los servicios de prevención de riesgos de la propia empresa. 

El decreto no hace referencia a que el empleo por parte de los consumidores continúe siendo obligatorio en establecimientos de alimentación y solo se indica que es voluntario. Por ejemplo, el uso será voluntario para los trabajadores en Mercadona, mientras que en otras como Alcampo mantendrán, por ahora, su utilización entre trabajadores.

¿Y en las zonas comunes de un bloque de viviendas?

¿Es obligatorio llevarla en las zonas comunes de edificios, como el portal o el ascensor? ¿Qué dice la normativa vigente? El real decreto no hace referencia a la obligatoriedad de su uso en estos supuestos, por lo que se trata de una decisión opcional.

La normativa general establece que ya no es obligatorio en espacios comunes en comunidades de vecinos, aunque es aconsejable llevarla en el caso de que no se pueda mantener la distancia física de seguridad y si no hay una adecuada ventilación.

¿Te pueden obligar a llevarla en el trabajo?

En el entorno laboral y con carácter general, salvo en las excepciones detalladas en la ley, "no resultará preceptivo el uso de mascarillas". Sin embargo, serán los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, según la correspondiente evaluación de riesgos en el puesto, los que "podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deben implementarse". Esto incluiría "el posible uso de mascarillas, si así derivara de la referida situación".

¿Y qué sucede en bares y restaurantes?

La medida que ha entrado en vigor este miércoles descarta la obligación de llevar mascarilla en el interior de los establecimientos de hostelería, por lo que ya no será necesario. 

No obstante, en este tipo de negocios existe el conocido como derecho de admisión, que permite a los propietarios de un local el acceso o la permanencia de en su interior por razones objetivas. De tal manera que, basándose en este derecho, los establecimientos sí pueden obligar a sus clientes a llevar la mascarilla.

Desde este miércoles el uso de la mascarilla en interiores pasa a estar sólo “recomendado” en la gran mayoría de casos, según ha anunciado el Presidente Pedro Sánchez. Pero ¿dónde seguirá siendo obligatoria? ¿Y cuáles serán las excepciones?

¿El colegio puede obligar a los alumnos?

La obligatoriedad de usar mascarilla en centros educativos también desaparece, por lo que el colegio no podrá obligar a sus alumnos o alumnas a utilizar mascarilla dentro de las aulas. Los profesores tampoco estarían obligados, aunque desde Sanidad sí recomiendan el "uso responsable" si son personas con factores de riesgo.

¿Tengo que llevar mascarilla en gasolineras o tiendas?

Solo será obligatorio en los tres supuestos detallados en la normativa, por lo que deja de serlo en centros comerciales, tiendas o cualquier establecimiento similar. El decreto tampoco contempla su uso en gasolineras, por lo que no será obligatorio llevarla al entrar en su interior o al repostar.

¿Y en el autobús es obligatorio?

Se mantiene la obligatoriedad en centros y establecimientos sanitarios y sociosanitarios, residencias, así como en el transporte público, al ser espacios donde puede haber una probabilidad de transmisión más elevada. Por tanto, seguirá siendo obligatorio en el autobús al ser un medio de transporte público en el que "se concentra mucha población" con "poca distancia interpersonal".

¿Y las farmacias? ¿Son establecimientos sanitarios?

Seguirá siendo obligatorio en el interior de los establecimientos farmacéuticos, al igual que en hospitales, centros de atención primaria, clínicas dentales, centros de fisioterapia, ópticas o cualquier otro espacio que ofrezca este tipo de servicios.

Esto se debe a que los tres supuestos en los que las personas de seis años en adelante seguirán teniendo que llevar mascarilla son: centros sanitarios y sociosanitarios, establecimientos que ofrezcan servicios sanitarios y en medios de transporte públicos.

¿En el veterinario habrá que llevarla?

Los centros y hospitales veterinarios se quedan fuera del listado de centros, establecimientos y servicios sanitarios en los que seguirá siendo obligatorio el uso de mascarillas. Manuel Lázaro, veterinario clínico y vocal de la Junta de Gobierno del Colegio de Veterinarios de Madrid, ha detallado a '20minutos' que el hecho de que en las clínicas veterinarias no haya obligatoriedad de llevar mascarillas "es algo razonable".

La nueva normativa regula su uso en "aquellos lugares en los que haya un mayor riesgo de concentración de personas vulnerables, y eso no ocurre en una clínica veterinaria. Es un argumento que me parece más que razonable".

¿Y en el fisio?

En el caso de las clínicas de fisioterapia, el uso de mascarilla seguirá siendo obligatorio, tanto para los trabajadores como para pacientes, y también en los servicios a domicilio. 

Esto se debe a que, como profesionales de la salud, los fisioterapeutas deberán seguir portando este elemento al desarrollar su actividad profesional en un espacio cerrado.

Elena Diaz
SEO editorial '20minutos'

Graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual. Trabajo como SEO editorial dentro del equipo de Desarrollo de Audiencias para 20minutos. Empecé en el mundo del periodismo como becaria en Europa Press y desde entonces he trabajado en SEO y content marketing, así como en departamentos de comunicación corporativa y en el tercer sector. Desarrollo tareas de coordinación dentro del equipo SEO, así como planificación, estrategia y redacción. Ahora mismo estoy inmersa en un Máster de SEO-SEM. También estudié un Máster de Cooperación y Gestión Pública de ONGs que me llevó hasta Perú para trabajar en una ONG local en el ámbito de la comunicación para el cambio social e incidencia política.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento